Si no se inscribe en Medicare Parte B (seguro médico) durante su período de elección de cobertura inicial*, se puede agregar una penalidad del 10 % a la prima de la Parte B por cada período de 12 meses que podría haber tenido la Parte B, pero no la tomó, a menos que califique para el período de inscripción especial de la Parte B. La penalidad por inscripción tardía continúa mientras tenga la Parte B.
*Su período de elección de cobertura inicial es la "ventana" de siete meses alrededor de su cumpleaños número 65. Incluye los tres meses anteriores al mes de su nacimiento, el mes de su nacimiento y los tres meses posteriores al mes de su nacimiento.
¿Todavía trabaja?
Si está cubierto por un plan de salud grupal basado en su empleo actual (el suyo o el de su cónyuge), usted califica para un período de inscripción especial. Puede inscribirse en la Parte A o la Parte B:
- Cada vez que tenga un seguro de empleador actual (el seguro según COBRA y el seguro para jubilados no cuentan como seguro de empleador actual).
- O durante el período de ocho meses que comienza el mes siguiente a la finalización del empleo o de la cobertura para grupos, lo que ocurra primero.
Para obtener más información sobre la penalidad por inscripción tardía en Medicare Parte B y/o los períodos de inscripción a Medicare, puede comunicarse directamente con Medicare llamando al 1-800-MEDICARE (800-633-4227), TTY: 877-486-2048 (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) o visitando medicare.gov.
También puede hablar con un representante de ConnectiCare autorizado.Busque los números y horarios de servicio.